1.- Introducción.
El
presente trabajo es una pequeña recopilación acerca de los hitos más
importantes de la historia de la formación de la Unión Europea e intenta tratar
los inicios, su desarrollo, los Tratados más significativos y las posibles
futuras ampliaciones.
2.- Los inicios.
Después
de la II Guerra Mundial, Europa quedó devastada. Muchos europeos albergaban la
ilusión de que su reconstrucción se hiciese conformando un solo bloque de
naciones sin fronteras. Aquella idea vino a quebrarla el inicio de la Guerra
Fría, así como la desconfianza que por aquellos años seguía despertando
Alemania. No era fácil olvidar que esta nación había sido desde 1.870, con la
derrota y humillación de Napoleón III, el enemigo natural de Francia, entro
otros estados europeos. La I Guerra Mundial fue un enfrentamiento entre
Alemania y el Reino Unido, ya que la invasión de Bélgica por Alemania, un país
inventado por Gran Bretaña para su propia protección, obligó a los británicos a
intervenir. La II Guerra Mundial, o mejor la continuación de la primera, fue el
desenlace que cabía esperar de las durísimas sanciones económicas, industriales
y militares impuestas por los vencedores a Alemania.
Jean Monnet
Robert Schumann
creían que Francia y Alemania
serían capaces de superar los mutuos recelos y antagonismos si existieran los
suficientes incentivos económicos que estimularan la cooperación. En el mes de
Mayo de 1.950, Schuman propuso la creación de una autoridad común y única para
regular la industria del carbón y del acero en Alemania y Francia, aunque la
oferta estaba abierta a otros países europeos con intereses en estos sectores
productivos. La idea fue muy bien acogida y el 18 de Abril de 1.951 tuvo lugar
la firma del Tratado de París, siendo sus signatarios la República Federal
Alemana, Bélgica, Holanda, Luxemburgo, Italia y Francia. Este tratado de París
daría lugar, el 10 de Agosto de 1.952 a la Comunidad Europea del Carbón y del
Acero (CECA).
El objetivo económico del tratado era
establecer un mercado común del carbón y del acero, es decir suprimir
aranceles, subvenciones nacionales o medidas discriminatorias, para asegurar
así la libre competencia en este sector, obtener precios más baratos y un
abastecimiento sin interrupción.
Durante la elaboración de la CECA se
inventaron las principales instituciones europeas actuales:
La Alta Autoridad, primer organismo
supranacional, compuesta por nueve miembros, es la precursora de la Comisión
Europea.
La Asamblea, compuesta por miembros designados
por los parlamentos nacionales, es la precursora del Parlamento
Europeo.
Un Consejo de Ministros, formado por ministros
de los seis integrantes, anuncia el Consejo de la Unión Europea.
En la reunión de Messina de los
ministros de AA. EE., los seis estados firmantes de la CECA, fueron más allá en
la política de integración. Fruto de ello fue la firma, el 25 de Marzo de
1.957, del Tratado de Roma, por el cual se creó la Comunidad Económica Europea
(CEE) y la Comunidad Europea de la Energía Atómica (EURATOM).
3.- La Comunidad Económica Europea.
En
términos económicos, el Tratado CEE estableció un plazo de 12 años para la
eliminación de las barreras comerciales, la implantación de un arancel común
para las importaciones del resto del mundo y la creación de una política
agrícola conjunta.
En
respuesta a esta unión, el Reino Unido, que ya se había desmarcado de la
creación de la CECA, formó junto con otros 6 países “no comunitarios”, la Asociación
Europea de Libre Comercio (EFTA por sus siglas en ingles), el 4 de Enero del año 1.960. Los firmantes
iniciales fueron Gran Bretaña, Austria, Noruega, Portugal, Suecia y Suiza
Posteriormente ingresaron Islandia y Finlandia que ingresó en 1985. Los
movimientos en su composición son los siguientes:
Dinamarca (Se salió en 1972 para ingresar en la CEE).
Reino Unido (Se salió en 1972 para ingresar en la CEE).
Portugal (Se salió en 1986 para ingresar en la CEE).
En 1991 en los países restantes se celebraron referéndums para decidir si seguían en esta organización o
pasaban a formar parte de la Unión Europea y el resultado fue:
Austria (Se salió en 1991 para ingresar en la UE).
Finlandia (Se salió en 1991 para ingresar en la UE).
Suecia (Se salió en 1991 para ingresar en la UE).
Islandia (Siguen en La Asociación Europea de Libre Comercio,
aunque ha iniciado trámites para adherirse a la UE).
Noruega (Siguen en La Asociación Europea de Libre Comercio).
Suiza (Siguen en La Asociación Europea de Libre Comercio).
Cabe señalar que sólo un año después de la creación de
la CEE, y ante su éxito evidente, Gran Bretaña presentó su solicitud de
ingreso, a la que se opuso, en 1963, frontalmente Francia por medio de su
Presidente Charle de Gaulle[iii].
Charles de Gaulle
En 1967 se registró la misma postura francesa ante la
nueva petición de adhesión británica.
4.- Creación de la Comunidad Europea
(CE).
Las metas económicas básicas enunciadas en el Tratado
constitutivo de la CEE obtuvieron un más que razonable grado de cumplimiento,
por lo que gradualmente las tres comunidades existentes hasta ahora, la CEE, la
CECA y el EURATOM, se fusionaron dando origen a la Comunidad Europea en 1.967.
No hubo, al margen de la fusión, nuevas incorporaciones ni avances en la
integración hasta que Pompidou[iv],
George Pompidou
nuevo presidente de la República Francesa, en una
cumbre en La Haya en 1.969 preparó el terreno para la creación de una entidad
financiera permanente en el seno de la CEE, el desarrollo de un marco de
cooperación en la política exterior y, sobre todo, al entender que una Europa
unida y fuerte no podría ser sin el concurso de Gran Bretaña, abrir
negociaciones para la adhesión del Reino Unido, Irlanda, Dinamarca y Noruega.
5.- Ampliación de la CEE.
Como resultado del cambio de postura
de Francia hacia Gran Bretaña, el 1 de Enero de 1.973 pasaron a formar parte de
la CEE Dinamarca, Reino Unido e Irlanda del Norte. Noruega no fue admitida.
Grecia ingresó en 1.981 y tras unas largas negociaciones y una vez reintegrada
la democracia en Portugal y España, ambos países fueron admitidos a formar
parte de la CEE, el 12 de Junio de 1.985, aunque su pertenencia efectiva sería
a partir del primer día del año siguiente.
6.- El Sistema Monetario Europeo
(SME).
El 13 de Marzo de 1.979 entró en vigor el SME, lo que
suponía en la práctica el primer paso para la consecución de la unión económica
y monetaria de Europa. Sus orígenes hay que encontrarlos en el llamado Plan
Werner[v],
que formulado en 1.970, pretendía alcanzar la total
unión monetaria en el plazo de diez años. Demasiado optimista no pudo llevarse
a cabo en los términos estrictos en los fue concebido, debido a las
devaluaciones de algunas monedas nacionales, lo que limitaba el crecimiento
económico y aumentaba la inflación.
El
SME intentaba estabilizar los tipos de cambio y reducir la inflación, galopante
en algunos países, limitando la banda o el margen de fluctuación de cada divisa
respecto de las otras monedas. Un hito importante de del Sistema fue la
introducción de la Unidad de Cuenta Europea Común, en sus siglas en inglés,
ECU, que aunque no era una divisa propiamente dicha, si que era una unidad de
medida que usaban los bancos centrales a la hora de fijar la valoración de su
propia divisa. El SME instaba a los gobiernos que aplicasen políticas
económicas tendentes a la prevención de las desviaciones del tipo de cambio.
Ayudó a mantener bajos los índices de inflación y consiguió aminorar los
impactos negativos de las fluctuaciones en los tipos de cambio.
7.- Mercado Único Europeo.
En 1.980 se inició la puesta en práctica de un mercado
único. La campaña para conseguir esta meta fue obra de Jacques Delors[vi]
Jacques Delors
cuando en una cumbre celebrada en Milán, propuso un
plan a desarrollar en 7 años tendente a la eliminación de barreras comerciales
entre los países miembros, previendo la culminación para 1.993. Todas las
acciones tendentes al logro de este mercado único, aceleró las reformas
legislativas con lo cual se consiguió un notable incremento de la integración
entre las naciones miembros. Se puede traducir este mercado único por “libre
circulación”, es decir, circulación sin trabas ni barreras de capitales, bienes
y servicios en todo el ámbito geográfico de la Comunidad. Ello dio lugar a la
posibilidad de poder adquirir bienes y servicios ofrecidos por una empresa de
un país en cualquier otro de la Comunidad sin restricción alguna. Igual sucedía
con los capitales.
Un
hito importante para la Comunidad de cara a la integración económica fue la
adopción de la Política Agrícola Común (PAC). Durante la década de los 80 del
siglo pasado, la PAC recibiría dos terceras partes de todo el desembolso anual
de la CE.
8.- Acta Única Europea.
En las negociaciones que tuvieron
lugar para el establecimiento del Mercado Único Europeo quedó de manifiesto la
necesidad de una mayor cesión de poder por parte de los estados miembros a
favor de la CE para poder llevar a término la eliminación real de las barreras
comerciales que impedían en la práctica el funcionamiento correcto del Mercado
Único. El Acta Única Europea, firmada en 1.987 por los entonces 12 miembros,
introdujo los mayores cambios experimentados hasta entonces por CE.
Desde
un punto de vista general, el Acta Única Europea declara expresamente, tanto en
el preámbulo como en artículo 1, procurar concretamente el progreso de las
Comunidades Europeas y la cooperación política hacia la Unión Europea.
Concretamente,
los puntos más importantes contenidos en esta declaración, fueron:
Establecimiento de
las condiciones jurídicas para la creación de un mercado único, que se hizo
realidad el 1 de enero
de 1993.
Fortalecimiento del
sistema de cooperación política europea, tanto en los campos de investigación,
la tecnología y el medio ambiente como en seguridad y defensa.
Mejora de las
estructuras de decisión de la Comunidad
Europea, con el fortalecimiento de los derechos del Parlamento Europeo.
Establecimiento del Tribunal de
Justicia de Primera Instancia de la Unión Europea para que asista al
Tribunal de Justicia de la Unión
Europea en su trabajo.
El
Acta Única Europea introdujo, por primera vez, competencias en materia social,
incluyendo la salud y la seguridad en el trabajo y el dialogo entre los
patronos y los sindicatos.
9.-
Tratado de la Unión Europea.
El Tratado de la Unión
Europea, más conocido como Tratado de Maastricht por haberse firmado en esta
ciudad holandesa el 7 de Febrero de 1.992, supuso la modificación de los
tratados fundacionales de las Comunidades Europeas (París 1.951, Roma 1.957 y
Acta Única de 1.986). Puede decirse que supera los asuntos económicos propios
de los inicios, aumenta los aspectos sociales que se atisbaban en el Acta única
y entra de lleno en el terreno de la integración al darle un carácter político
del que hasta la fecha adolecían los tratados diversos de las Comunidades. Es en
este Tratado cuando aparece por primera vez la Unión Europea, asumiendo todos
los contenidos de los anteriores
Tratados.
Se
adoptan sistemas de seguridad y relaciones exteriores, con la creación de la
Política Exterior y de Seguridad Común (PESC) que pretendía ser el ministerio
europeo de asuntos exteriores y de la Cooperación en Asuntos de Interior y
Justicia. Es el tratado en el que anuncia la introducción del Euro, da mayores
competencias al Parlamento Europeo y se establece el llamado principio de subsidiariedad,
que significa que la Unión sólo actuará en aquellos asuntos en que los estados
no puedan alcanzar, por si mismos, la
plena consecución de los objetivos.
10.-
Tratado de Ámsterdam.
Este Tratado fue en gran medida la revisión del de
Maastricht y aparte de esto, trata aspectos tales como empleo, libre
circulación de ciudadanos, justicia, seguridad y normativa para la aceptación
de nuevos miembros.
11.-
Tratado de Lisboa.
El título formal del texto
es Tratado de Lisboa por el que se modifican el Tratado de la Unión Europea
y el Tratado constitutivo de la Comunidad Europea.
El Tratado de Lisboa, firmado por los
representantes de todos los estados miembros de la Unión Europea (UE) en Lisboa el 13 de diciembre de 2007 es el
que sustituye a la Constitución para Europa tras el
fracasado tratado constitucional de 2004. Con este
tratado, la UE tiene personalidad jurídica propia para firmar acuerdos
internacionales a nivel comunitario.
Se diseñó para mejorar el
funcionamiento de la Unión Europea (UE)
mediante la modificación del Tratado de la Unión Europea
(Maastricht) y el Tratado
constitutivo de la Comunidad Europea (Roma). Algunas de las reformas
más importantes que introduce el Tratado de Lisboa son la reducción de las
posibilidades de estancamiento en el Consejo de la Unión Europea mediante el
voto por mayoría cualificada, un Parlamento Europeo con mayor peso mediante la
extensión del procedimiento de decisión conjunta con el Consejo de la UE, la
creación de las figuras de Presidente del Consejo Europeo y Alto Representante de la Unión para
Asuntos Exteriores y Política de Seguridad para dotar de una mayor
coherencia y continuidad a las políticas de la UE. El Tratado de Lisboa también hace que la Carta de los Derechos Fundamentales
de la Unión Europea sea vinculante jurídicamente.
Las negociaciones para lograr esta reforma de
la UE se han venido desarrollando desde el año 2001 con el fallido intento de
creación de una Constitución Europea. El Tratado se firmó en Lisboa (dado que Portugal ostentaba
la Presidencia del Consejo de la UE a la
sazón), y habría sido ratificado por todos los Estados miembro para finales de
2008, a tiempo para las Elecciones al Parlamento Europeo de 2009. Sin
embargo, esto no fue posible debido al rechazo inicial del Tratado por parte
del electorado de Irlanda en junio 2008, por lo que el texto no entró en vigor
hasta el 1 de diciembre de 2009.
12.-
Conclusiones.
Aquello que
Robert Schumann ideó en 1.950 como una manera de superar el antagonismo y
recelos entre Francia y Alemania, introduciendo incentivos económicos para
allanar el camino a la cooperación, ha ido sufriendo sucesivas transformaciones
hasta llegar a nuestros días en que aquel germen pensado para olvidar las
disputas sangrientas entre dos pueblos, sea capaz de integrar una parte de las
políticas de 27 estados. Si bien es cierto que únicamente los asuntos de
trascendencia económica son los únicos en que los estados han sido capaces de
ceder soberanía, también lo es el hecho de que cada vez las políticas sociales
avanzan a un razonable buen paso en el territorio de la Unión, sin menoscabar
la cooperación de la que se nutren un buen número de acciones conjuntas.
En
nuestra opinión, sería muy importante que aquella integración para los asuntos
económicos y mercantiles tenga una traslación a los terrenos sociales, de las
libertades individuales, de la justicia y seguridad y de relaciones
internacionales. Después del Tratado de Lisboa, el nombramiento de un
Presidente permanente del Consejo y la Alta Representante de la Unión para
Asuntos Exteriores y Política de Seguridad, reflejan a nuestro juicio el poco
interés de los estados en ceder más soberanía; de ahí que hayan nombrado a dos
personas de bajo perfil político: el primero con demostradas dotes de gestor y
hábil negociador y la segunda, inédita en las lides de la política exterior.
Seguimos
pensando que la mayor parte de las políticas de la Unión están dirigidas al
mercado y no a las personas, suscribiendo el apelativo de “Europa de los
mercaderes”, definición en nada alejada de la realidad. La Europa comunitaria
se ha sabido dotar de mecanismos jurídicos para defender el mercado, el libre
mercado, siguiendo la doctrina liberal y neoliberal de reducción del estado
cada vez más. Las políticas sociales quedan en segundo plano. Desde los
primeros momentos la libre circulación de mercancías y capitales eran el santo
y seña europeos. La libre circulación de personas tardaría bastante en
consagrarse como derecho de los ciudadanos.
La
paradoja surge con motivo de la crisis económica en la que estamos inmersos:
ante los problemas financieros y bancarios, de los que no han sido responsables
activos –que otra cosa es la responsabilidad pasiva-, han abierto las arcas del
tesoro nacional y han acudido en comandita y en tropel a ayudar a aquellos que permanentemente
vienen reclamando la libertad y la desregulación de los mercados.
Si
se antepone la salvación de aquellos que especulan y pierden en lugar de
atender políticas de empleo, salud y bienestar para los que casualmente son
víctimas de aquellos, querrá decir en más de 50 años de negociaciones,
acuerdos, tratados, cumbres y reuniones, seguimos sin valorar adecuadamente la
cultura, los valores de la sociedad occidental y la tradición democrática, y que difícilmente ninguna
organización puede progresar de manera integral y consecuente para legar su
historia a las futuras generaciones sin este respeto.
[i] Jean Omer Marie Gabriel Monnet (1888 - 1979) fue un economista que junto con Konrad Adenauer, Robert Schuman y Alcide De Gasperi es considerado "Padre de Europa",
en referencia a su papel fundador en los inicios de la Unión Europea (UE) por haber sido el primer jefe de la alta autoridad de la Comunidad Europea del Carbón y del Acero en el marco del Plan Schuman
[ii] Robert Schuman (1886 -1963) fue un político francés de origen germano-luxemburgués. Como miembro fundador del Movimiento Republicano Popular (MRP), fue
uno de los principales dirigentes de la Cuarta República Francesa, siendo ministro de Finanzas, Presidente del
Consejo de Francia, ministro de Asuntos Exteriores y ministro de Justicia.
También se desempeñó como diputado de
Mosela entre 1919 y 1962, con una pausa entre 1942 y 1946. Su cargo como ministro de Asuntos Exteriores
(1948-1952), lo llevó a ser el principal negociador francés de los tratados
firmados entre el final de la Segunda Guerra Mundial y el principio de la Guerra Fría (Consejo de Europa, OTAN, CECA, etc.) Además, fue él quien propuso por primera vez,
el 9 de mayo de 1950, un proyecto de integración
europea, que daría lugar a la Comunidad Europea del Carbón y del Acero.
[iii] Charles-André-Joseph-Marie de Gaulle. (1890 –1970) fue un militar, político y escritor francés, Presidente de la República Francesa de 1958 a 1969, inspirador del gaullismo, promotor de la reconciliación
franco-alemana
y una de las figuras influyentes en la historia del proceso de construcción de
la Unión Europea.
[iv] Georges Jean Raymond Pompidou (1911 –1974) fue un político francés, Presidente de la República Francesa y copríncipe de
Andorra de 1969 a 1974. Con anterioridad desempeñó el cargo de Primer
Ministro (1962 - 1968) bajo la presidencia de Charles de Gaulle. Fue el líder de la Unión de Demócratas por la República.
[v] Pierre Werner (1913-2002),
político luxemburgués. Su plan pretendía la unión en tres fases:
1.-Convertibilidad irreversible de las monedas europeas. 2.- Centralización de
la política monetaria y crediticia. 3.- Puesta en circulación de una moneda
única. En 1.998 obtuvo el Premio Príncipe de Asturias de Ciencias Sociales.
[vi] Jacques Delors (n. París, 20 de julio de 1925), político europeo de nacionalidad francesa,
presidente de la Comisión
Europea entre 1985 y 1995.De origen humilde, Delors fue
funcionario del Banco de Francia en 1945, tras el final de la Segunda Guerra Mundial y luego de haber estudiado
economía en La
Sorbona.
1979, consigue un acta tras presentarse en las primeras
elecciones por sufragio universal del Parlamento
europeo.
1981, es nombrado ministro de Economía y Finanzas de
Francia.
1985, enero, asume como Presidente de la Comisión
Europea (CE), gracias al apoyo de François
Mitterrand y
Helmut Kohl.
1993, 1° de noviembre, entra en vigor el Tratado de
Maastricht,
que supuso la creación de la Unión Europea (UE). Delors había trabajado decididamente en el
proyecto.
1995, enero, termina su periodo como presidente de la
Comisión Europea. Aún sigue siendo el presidente que más tiempo ha permanecido
en funciones. En ese mismo año declina presentarse como candidato a la
presidencia de Francia, en parte para no interferir en la carrera política de
su hija Martine Aubry.
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